Reglamento General   Construcciones   Invitados

REGLAMENTO GENERAL COOPECABAÑAS

<< Capítulo 2. Beneficios y Derechos de los Asociados >>

Artículo 4. Invitados

  1. Dentro de los beneficios de los asociados se encuentra el de traer invitados.
  2. En esta materia se aplicará la normativa del Reglamento de Invitados.
Artículo 5. Construcción de Viviendas
  1. En materia de construcción de viviendas se aplicará la normativa del Reglamento de Construcciones.
Artículo 6. Cuido de las instalaciones y zonas comunales
Cuido de los mojones (esta es la parte “a” del articulo 6 y la anterior es la parte “b” del mismo articulo)
  1. Los socios deben cuidar y mantener visibles los mojones y límites de su lote asignado. En caso de pérdida, el Asociado deberá cubrir los costos de contratación del topógrafo para que vuelva a medir e instalar los mojones.
  2. Los Asociados son responsables por cualquier daño ocasionado en la Cooperativa por ellos mismos, sus beneficiarios directos e y sus invitados invitados. Se prohíbe terminantemente el uso de las zonas comunales para realizar trabajos o hacer instalaciones que no sean expresamente autorizados por el Consejo de Administración o la Gerencia. El Consejo y la Gerencia cuidarán que esos trabajos o instalaciones no desnaturalicen la función de disfrute común a que están destinadas esas zonas, asegurándose en todo caso que estos espacios sigan siendo de acceso libre a todos los Asociados beneficiarios directos y sus invitados.


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